viernes, 26 de abril de 2013

Esa cosa llamada "Autonomía Universitaria"

Todo el mundo se jacta de decir que entiende y sabe lo que es y en que consiste la autonomía universitaria. Que siempre está vigente, así como de moda cada vez que hay una manifestación dentro de las instalaciones universitarias. Diferentes grupos acusan de "violación a la autonomía", sin que muchas personas sepan si quiera en que consiste y cuales son los ámbitos que esta cubre, por lo que a su percepción toda medida o acción es vista como una violación. Para todos aquellos que no sepan qué es, pero alardeen acerca de ella les presento lo siguiente, para que si van a decir que es una violación o transgresión de la misma, al menos sepan porqué y cuenten con argumentos que puedan sostener su postura.


La autonomía "[e]s el principio establecido en la Carta Magna, para otorgar una protección constitucional especial a la universidad pública, a fin de que pueda cumplir con la obligación constitucional y la responsabilidad social de proveer a los estudiantes universitarios de una educación superior de calidad.[...] las cuatro vertientes de la autonomía universitaria: libre determinación para elegir la forma de gobierno y de designación de las autoridades académicas; libre determinación para establecer los programas y planes de estudio, las líneas de investigación y las políticas culturales [libertad de cátedra]; libre determinación sobre el destino de las partidas presupuestales y de los ingresos autogenerados como resultado de los instrumentos (convenios y contratos) celebrados con los diversos sectores productivos, gubernamentales y privados; libre determinación en el diseño del orden jurídico universitario, aprobando las normas legales de aplicación interna y observancia obligatoria para toda la comunidad universitaria".1

Es cierto que dentro de la autonomía está la libertad de la forma de gobierno y de designación de autoridades académicas; empero debemos de entender la libertad de forma de gobierno como la libertad para poder escoger al Rector, así como a los funcionarios universitarios, como consecuencia el Estado, ni los partidos políticos tienen autoridad para intervenir en estas decisiones y mucho menos imponerse. Pero en ningún punto dice que está permitido la manifestación violenta y el vandalismo dentro de las instalaciones de la Universidad, mucho menos dice que ante estos actos la Universidad no puede tomar acción penal ante tales abusos por parte de externos y mucho menos por parte de los universitarios. Porque a final del día estamos hablando de una Universidad pública, pero eso no significa que no le pertenezca a nadie, esta pertenece a la comunidad estudiantil, a todas las personas que pagan impuestos y que a partir de ellos es como se mantiene está magna institución; por lo que viendo está situación desde otra perspectiva, cuando se rayan, dañan, rompen, roban, maltratan, etc. las instalaciones de esta institución se está afectando a la propiedad privada que nos pertenece a todos nosotros. Y ¿qué es lo que hacemos cuando alguien osa robar o grafitear nuestras casas? o ¿cuando alguien irrumpe sin nuestro consentimiento a nuestras casa? Pues levantamos una demanda y queremos que paguen por lo que hicieron, robaron y rayaron. ¿No es acaso lo mismo con nuestra Universidad?

1 González Pérez, Luis Raúl y Enrique Guadarrama López, Autonomía Universitaria y Universidad Pública, El autogobierno universitario, [en línea], México, enero 2009, Dirección URL: http://www.abogadogeneral.unam.mx/PDFS/autonomia.pdf revisado el 22 de abril de 2013].

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